El Estado le causó un daño: una negligencia médica en un hospital público, un accidente en infraestructura defectuosa o una detención que resultó ser injusta.
Tiene derecho a que responda por eso. Nuestros abogados conocen esta jurisdicción desde adentro.
Enfrentarse a una entidad pública puede hacerle sentir desprotegido, pero no tiene por qué hacerlo solo
Garantizando que su relación con las entidades sea completamente justa, transparente y equilibrada.
No permita que vulneren sus derechos; hacemos que la ley juegue a su favor.
Escuchamos su caso, evaluamos si existe un daño antijurídico imputable al Estado y le decimos con claridad si tiene un proceso viable y cuánto tiempo tiene para iniciarlo.
Identificamos y aseguramos las pruebas clave: historias clínicas, registros de la entidad, testimonios, informes periciales y cualquier documento que establezca la falla en el servicio y su relación con el daño.
En Colombia la conciliación es un requisito previo a la demanda contra el Estado. La gestionamos ante la Procuraduría o el agente del Ministerio Público correspondiente y evaluamos si es conveniente llegar a un acuerdo o continuar con la demanda.
Radicamos la demanda de reparación directa con los argumentos jurídicos y probatorios más sólidos posibles, construidos con el conocimiento directo de cómo piensa y decide esta jurisdicción.
Asistimos a audiencias, presentamos alegatos y respondemos a los recursos de la entidad demandada. Si el fallo es adverso en primera instancia, evaluamos la apelación ante el Consejo de Estado.
La Victoria: El Consejo de Estado, revocando una sentencia anterior, declaró a la Nación-Fiscalía General de la Nación administrativamente responsable por la privación injusta de la libertad de nuestro cliente. Salazar Legal demostró que Quintero (exgerente de Telecom) pasó más de 3 años en detención (domiciliaria) por una acusación de peculado de la cual fue absuelto al demostrarse que no cometió el delito y que el fraude se debió a fallas técnicas del sistema informático de la empresa. El máximo tribunal administrativo ordenó una indemnización integral por perjuicios morales a Alvenis y su núcleo familiar, así como el pago de honorarios profesionales (daño emergente).
Es la demanda mediante la cual una persona le exige al Estado una indemnización por el daño que le causó directamente, sin que haya un acto administrativo de por medio. Aplica cuando el daño proviene de una actuación, una omisión o un hecho de una entidad pública: negligencia médica, detención injusta, accidente en infraestructura pública o daños por operaciones militares.
El término de caducidad para la acción de reparación directa es de 2 años contados desde que ocurrió el daño o desde que la víctima tuvo conocimiento de él. A diferencia de la prescripción, la caducidad no se interrumpe ni se suspende. Vencido ese plazo, el juez debe rechazar la demanda sin importar qué tan válido sea el caso.
Si fuiste detenido preventivamente y el proceso terminó con sentencia absolutoria, preclusión de la investigación o demostración de que el hecho no existió, tienes derecho a demandar al Estado por privación injusta de la libertad. Los perjuicios reconocidos incluyen daño moral, lucro cesante por los ingresos que no pudiste generar durante la detención y daño a la vida de relación.
En la mayoría de los casos sí. El peritaje médico es la prueba que establece si hubo una falla en la atención y si esa falla causó el daño. Sin esa evidencia técnica, el proceso tiene pocas posibilidades de prosperar. En Salazar Legal coordinamos el peritaje desde el inicio del proceso y lo integramos como pieza central de la estrategia jurídica.
Si la entidad no asiste a la audiencia de conciliación o asiste pero no llega a un acuerdo, se expide una constancia de fracaso de la conciliación. Ese documento es el requisito que habilita la presentación de la demanda ante el Tribunal Administrativo. En Salazar Legal gestionamos todo ese trámite previo y lo usamos estratégicamente para fortalecer la posición antes del proceso judicial.
El derecho a la salud es un derecho fundamental cuya protección no se limita al acceso aservicios médicos.
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